Chile ante el reto constitucional de la sostenibilidad

Un tópico que sin duda será de enorme debate en la próxima Convención Constituyente será el medio ambiente y cómo compatibilizar el debido cuidado de nuestro entorno y el necesario desarrollo del país.
El ex ministro del Medio Ambiente, Marcelo Mena, junto a un grupo de personas (muchas de las cuales trabajaron en el segundo gobierno de la ex Presidenta Michelle Bachelet), han propuesto un “decálogo del constituyente verde”, cuyo objetivo es el que los constituyentes se “comprometan” con el objeto de tener una Constitución ecológica o, por ejemplo, de consagrar el derecho a la “justicia ambiental”. Nos parece una visión cuya aproximación es inapropiada.
La pregunta clave que hay que responder es si resulta conveniente tener una Constitución “con apellido” (en este caso “Verde”) o si lo que se quiere buscar y dilucidar es una construcción de una Constitución que sea la “casa de todos” (utilizando el lenguaje del profesor Patricio Zapata), y en la que el eje estructurante sea efectivamente la sostenibilidad y la justicia, sin apellidos. Lo anterior resulta muy relevante, por cuanto la sostenibilidad se sustenta en el equilibrio entre los pilares social, ambiental y económico, incluyendo la solidaridad intergeneracional. Lo anterior, de la mano con el concepto de bien común (entendido como aquellas condiciones que permitan a todas y cada una de las personas que integran la sociedad respectiva, alcanzar su propio fin personal o individual en la mayor medida de lo posible, en términos de Santo Tomás de Aquino), que está por sobre las concepciones planteadas por corrientes colectivistas e individualistas.
Tampoco hay que olvidar que la Constitución consagra el principio de la servicialidad del Estado, el cual orienta la actividad del mismo en cuanto reconoce a la persona humana como anterior a cualquier clase de organización. Junto con el principio de subsidiariedad, que da paso a la actividad regulatoria del Estado, la servicialidad permite la promoción del bien común, lo que evidentemente tiene directa aplicación en materia de cuidado del medio ambiente.
Con todo, el tema crítico tiene que ver con la articulación de la garantía ambiental con otros derechos, como por ejemplo los económicos, haciendo así operativa la sostenibilidad, cuestión que debiera precisarse especialmente en la garantía de la propiedad y la función social de ésta y en el recurso de protección ambiental. Es al final en esta articulación donde apreciaremos realmente qué tan sostenible será nuestra futura Constitución.